Reglamento

Reglamento

Reglamento de Régimen Interno de la Asociación Hispana en Copenhague – “Los Cervantitos”

El presente Reglamento de Régimen Interno recoge las normas de funcionamiento que a partir del momento de su aprobación regirán en la Asociación Hispana en Copenhague – “Los Cervantitos”.

El contenido y alcance del mencionado Reglamento puede verse aumentado y/o modificado en el futuro ajustándose a las necesidades que se vayan generando y que la Junta considere oportuno incluir y recoger de forma reglada, tal y como se recoge en el artículo 5 de los Estatutos de la Asociación.

Artículo 1. Reglas para la participación en los talleres y gestión de las listas de espera

1. Será condición imprescindible para poder participar en los diferentes talleres que la Asociación Los Cervantitos organiza, ser socio de la asociación y estar al día en el pago de la cuota anual, la cual solo garantiza el derecho a ser miembro de la asociación (y no asegura la participación en un taller, véase el punto siguiente).

La cuota anual cubre cursos escolares, es decir, desde el 1 de septiembre hasta el 31 de agosto.

El periodo oficial de pago de la cuota será siempre durante un mes completo a establecer por la junta. Si con posterioridad a esa fecha, y en el transcurso del año en curso hubiera personas interesadas en formar parte de la Asociación como nuevos socios, podrán efectuar el pago de la cuota anual en el momento de apuntarse.

2. El orden de prioridad que define la participación en los talleres, una vez efectuado el pago de la cuota será el siguiente:

• socios que hayan pagado la cuota y participado antes en el mismo taller
• socios que hayan pagado la cuota
• no socios, que deberán pagar la cuota si desean participar

3. En caso de que en alguno o varios de los talleres existiera mayor demanda que oferta, se generarían las correspondientes listas de espera para cada uno de ellos, cuyo funcionamiento se ajusta a las siguientes reglas que marcan la prioridad en la participación:

• participantes que asistieron en años anteriores y que cumplieron con el requisito de avisar las ausencias con antelación
• hijos de los miembros de la junta
• hijos de los padres colaboradores de la asociación
• miembros de listas de espera de años anteriores
• participantes de talleres en años anteriores con ausencias no avisadas
• otros socios

Dentro de cada categoría, el orden de inscripción es el orden en el que los padres comunicaron a la junta su deseo de apuntarse al taller.

Para estar en la lista de espera es imprescindible haber pagado la cuota de socios, es decir, los no socios no podrán formar parte de las listas de espera.

4. En aquellos talleres en que existieran requisitos de nivel de español, la asociación puede establecer pruebas para evaluar el nivel de los participantes, y se reserva el derecho de rechazar a aquellos cuyo conocimiento del español esté por debajo del mínimo necesario para seguir la actividad. Una vez aceptados los participantes y si se observara que durante el transcurso del taller alguno tuviera dificultades para seguir las actividades por cuestiones idiomáticas (falta de vocabulario, comprensión, etc), la Asociación podrá orientar a los padres acerca de cómo ofrecer el apoyo necesario al participante/participantes para el seguimiento de las actividades y su correcta integración dentro del grupo.

Artículo 2. Acuerdos de colaboración para profesorado asalariado/ no asalariado

1. Todo el personal implicado, asalariado/no asalariado, en los distintos talleres desarrollados por la Asociación será informado al inicio de su colaboración, de todo lo relativo a su proyecto: alcance del proyecto y condiciones del mismo, requisitos de asistencia y disponibilidad, obligaciones y derechos.

2. Se aceptará y firmará por parte del colaborador y el representante designado por la Junta, un documento marco, “Acuerdo de colaboración”, en el que se especificarán al menos los siguientes puntos:

a. Trabajo a desarrollar de acuerdo al salario acordado.
b. Coste horario del personal colaborador, que permita cuantificar más fácilmente la dedicación al proyecto.
c. Tipo de colaboración: presencial o no, frecuencia, etc.
d. Definición de criterios de actuación en caso de incumplimiento de lo acordado (por ejemplo si se produjeran ausencias no justificadas aunque se hubiera acordado colaboración presencial, etc)

Artículo 3. Gestión del presupuesto

1. En caso de obtenerse fondos y/o ayudas económicas para la realización y puesta en marcha de los diferentes talleres de la Asociación, será la Junta Directiva, como órgano representativo de la misma, quien determine como se realizará el reparto, considerándose para ello el monto general de la suma recibida y las características y necesidades de los diferentes proyectos implicados.

2. Una vez efectuada la distribución del presupuesto será deber de la Junta Directiva comunicar a los organizadores /monitores de los distintos talleres los criterios considerados para dicha distribución, solventándose cuantas cuestiones/dudas pudieran plantearse.

Artículo 4. Gestión del material de la Asociación y compra de nuevo material

1. Se designará una persona responsable para la coordinación de todo lo relativo al material, tanto la compra de nuevo como la gestión del ya existente. En adelante “Responsable de material”.

2. Todo el material perteneciente a la Asociación quedará registrado como propiedad de la misma y recogido en la Base de Datos que a tal efecto existe.

3. El “Responsable de material” será a su vez el encargado del mantenimiento, actualización y control de la Base de Datos de material, definiendo para ello la correspondiente metodología de codificación, normas y permisos para el acceso a la base de datos, condiciones para el préstamo de material, etc.

4. Por otro lado, cada uno de los talleres desarrollados por la Asociación, dispondrá de su propio encargado de compra de material, quien en colaboración con el “Responsable de material” coordinarán la compra del mismo.

5. Todas las personas implicadas en el proceso de adquisición y compra de material para la Asociación serán debidamente informadas sobre el procedimiento de compra, y las condiciones y características para la correcta emisión de facturas, aspectos todos recogidos en el documento Administración de facturas.

Artículo 5. Gestión de la página web

1. Todo lo relativo a la página web, diseño y contenidos se efectuará siguiendo las líneas descritas en la estrategia de prensa y comunicación definida por la Asociación a través de su Junta Directiva.

Artículo 6. Resolución de conflictos y normas de comportamiento

1. Todas las personas implicadas en la Asociación, socios, colaboradores y miembros de la Junta Directiva, están obligados a seguir las normas de convivencia que gobiernan la Asociación, así como a respetar las reglas mínimas de comportamiento y respeto mutuo.

2. En caso de que se generaran conflictos, será la Junta Directiva la responsable de la resolución de los mismos, solicitando para ello información a todas las partes implicadas, con el fin de alcanzar una solución objetiva y eficaz.

3. En caso de faltas graves a la mínima urbanidad y respeto mutuo, la Junta facilitará la mediación de una persona neutral para resolver el problema. Si la mediación fracasara y el comportamiento inaceptable continuara, la Junta se reserva el derecho de expulsar a los socios conflictivos de los talleres, y en último término de la Asociación.